La CNV reglamentó la posibilidad de que las indemnizaciones laborales se constituyan en otro nicho de ganancias para los fondos financieros.
La Comisión Nacional de Valores (CNV) estableció en la Resolución 1071/2025 el reemplazo del régimen de indemnización laboral por antigüedad por un nuevo Sistema de Fondo de Cese administrado a través de un Fondo Común de Inversión (FCI) o de un Fideicomiso Financiero (FF).
La medida se concretó el día jueves por medio de la creación de un régimen especial para Productos de Inversión Colectiva de Cese Laboral. De esta forma, empresas y trabajadores (de forma individual, colectiva o sectorial) podrán optar “libremente” el acuerdo de un porcentaje de la remuneración o monto fijo que aportará el empleador para constituir un fondo administrado por entidades financieras.
La Comisión Nacional de Valores promueve un nuevo sistema de indemnización por despidos como negocio para los Fondos de Inversión. Se profundiza la reforma laboral y previsional contra los trabajadores.
“Estamos orgullosos de presentar esta normativa, que trabajamos en conjunto con el ministro Federico Sturzenegger, y el equipo del Gobierno Nacional, y que además incorpora los aportes surgidos de la consulta pública”, destacó Roberto Silva, presidente de la CNV.
“A través de estas medidas promovemos los valores de la libertad en Argentina e impulsamos el desarrollo del mercado de capitales”, añadió Silva.

La normativa estaba contemplada en el capítulo laboral de la Ley de Bases, que fue reglamentada en septiembre del año pasado, mediante el decreto 847. El sistema surge como mecanismo alternativo al artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo, que garantiza la indemnización por antigüedad, donde las empresas pagan un sueldo mensual por cada año trabajado o fracción mayor de tres meses.
Además la ley previó otras dos posibilidades para reemplazar el esquema tradicional de indemnización. Por un lado, el mecanismo de “cancelación individual”, en el cual se prevén pagos por desvinculaciones de acuerdo con lo que se defina en un acuerdo de partes, donde se erosiona la diferenciación monetaria entre la renuncia y el despido.
El gremio de prensa local organizó una charla con el abogado laboralista Diego Sobrino en el marco del día del periodista. “Revertir los cambios regresivos en la legislación dependerá de la capacidad de los trabajadores de movilizarse”, dijo.
Por el otro, se habilita la posibilidad de contratar productos en compañías de seguros, para coberturas individuales o colectivas.
De esta forma, los pagos que se constituían como una obligación legal para las empresas se convierten en el establecimiento de un “acuerdo” condicionado por la capacidad de las partes de imponer sus intereses. El “mercado” celebra.